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ASEP aprueba el pliego tarifario de ETESA para 2025-2029 con cargos por zona y servicios de operación

La Resolución AN 21271-Elec fija por cuatro años los cargos de transmisión de electricidad de alta tensión que pagan distribuidoras y grandes clientes, y ordena la refacturación retroactiva desde julio de 2025.

Subestación eléctrica en Panamá (imagen ilustrativa, generada por IA).
Por Redacción Nexo Capital · Mesa Editorial · 29 de enero de 2026

La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) emitió el 19 de enero de 2026 la Resolución AN No. 21271-Elec, publicada en la Gaceta Oficial Digital No. 30454 del 29 de enero de 2026. La resolución aprueba el Pliego Tarifario del Servicio Público de Transmisión de Electricidad de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), con vigencia del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2029. ETESA es la única empresa de transmisión del país, operadora del Sistema Interconectado Nacional de alta tensión.

El pliego fija tres tipos de cargos. Los cargos de conexión al Sistema Principal de Transmisión se expresan en miles de balboas por salida o por MVA, y van desde B/.151,50 miles por salida de barra sencilla a 34,5 kV hasta B/.318,26 miles por salida de interruptor a 230 kV en el año tarifario 2026-2027. Los cargos por Uso del Sistema Principal de Transmisión (CUSPT) varían por zona y metodología: el cargo para generadores mediante Seguimiento Eléctrico alcanza B/.5,026 por MWh en la Zona 10 para el primer año tarifario, mientras que el cargo de Estampilla Postal para la demanda parte de B/.18,027 por kW-año. Los cargos por el Servicio de Operación Integrada (SOI) para consumidores arrancan en B/.0,2175 por kW al mes en el primer año.

La resolución ordena a ETESA iniciar la facturación con los nuevos cargos a partir de los servicios brindados en enero de 2026, y establece un proceso de refacturación retroactiva para los meses de julio de 2025 a diciembre de 2025, período durante el cual se aplicaron las tarifas del pliego 2021-2025 prorrogado. Los ajustes de crédito o débito resultantes deberán incorporarse de manera escalonada, un mes por facturación, en los pagos de los agentes del mercado.

El proceso regulatorio fue extenso. La ASEP aprobó primero las empresas comparadoras y el Ingreso Máximo Permitido (IMP) mediante la Resolución AN No. 20847-Elec del 24 de septiembre de 2025, modificada por las Resoluciones AN No. 21011-Elec del 6 de noviembre y No. 21112-Elec del 4 de diciembre de 2025, tras recursos de reconsideración interpuestos por ETESA. La empresa presentó el pliego definitivo el 29 de diciembre de 2025, cumpliendo el plazo establecido por la ASEP.

Los cargos de transmisión son un componente estructural de la tarifa eléctrica final que pagan hogares y empresas: las distribuidoras —EDEMET, ENSA y EDECHI— los trasladan a sus clientes regulados. El periodo cuatrienal 2025-2029 coincide con la expansión planificada de generación renovable y con los debates legislativos sobre autoconsumo solar y comunidades energéticas, lo que otorga relevancia adicional a la revisión de los factores de pérdidas de transmisión por zona, que la resolución ordena actualizar anualmente.

Fuentes
  • Gaceta Oficial 30454 — Resolución AN No. 21271-Elec de ASEP: pliego tarifario de transmisión ETESA 2025-2029

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