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El Pleno declara cosa juzgada sobre la Ley 406 que aprobó el contrato minero con Minera Panamá

El fallo del 21 de diciembre de 2023, ponencia de la magistrada Ángela Russo de Cedeño, cierra una de las múltiples acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la norma que concedió derechos de explotación minera, al aplicar la decisión ya adoptada el 27 de noviembre de 2023.

Mina de cobre a cielo abierto en Panamá (imagen ilustrativa, generada por IA).
Por Mesa de Análisis Económico · Análisis · 31 de enero de 2024

La Corte Suprema de Justicia, reunida en Pleno, declaró el 21 de diciembre de 2023 que existe cosa juzgada constitucional respecto a la Ley N°406 de 20 de octubre de 2023, norma que aprobó el contrato de concesión minera celebrado entre el Estado panameño y la sociedad Minera Panamá, S.A. La decisión, unánime y con ponencia de la magistrada Ángela Russo de Cedeño, no entró al fondo del asunto: el Pleno ya había pronunciado la inconstitucionalidad de esa misma ley mediante resolución del 27 de noviembre de 2023, publicada en la Gaceta Oficial N°29922 del 2 de diciembre de 2023.

El expediente resuelto el 21 de diciembre correspondía a una acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley 406, en la que se señalaban como infringidos, entre otros, los artículos 19, 259 y 163 de la Constitución Política. Los argumentos de la parte actora apuntaban a que la concesión minera no se inspiraba en el bienestar social ni el interés público, tal como lo exige el artículo 259 constitucional para toda concesión sobre el suelo, el subsuelo o los recursos naturales; que otorgaba privilegios asimétricos no reconocidos a ninguna otra empresa contratante del Estado, en contravención del artículo 19 sobre igualdad ante la ley; y que la Asamblea Nacional habría expedido una ley contraria a la letra o al espíritu de la Constitución, en violación del artículo 163.

El Procurador General de la Nación, Javier Caraballo Salazar, también había solicitado en la Vista Fiscal N°11 del 13 de noviembre de 2023 que se declarara la inconstitucionalidad de la Ley 406. El Ministerio Público amplió el elenco de normas superiores presuntamente vulneradas: señaló infracciones al artículo 159, numeral 15 —que rige el trámite legislativo para contratos que comprometen bienes nacionales—, al artículo 46 —principio de irretroactividad de la ley—, y a los artículos 4 y 17, estos últimos en relación con los compromisos internacionales asumidos por Panamá al ratificar el Acuerdo de Escazú (Ley N°125 de 2020), cuyas exigencias de participación pública en asuntos ambientales habrían sido soslayadas al presentar el proyecto de ley N°1100 sin someter al escrutinio ciudadano el nuevo texto del contrato.

La Ley 406 fue sancionada el 20 de octubre de 2023, tras un trámite legislativo que completó sus tres debates en apenas tres días —18, 19 y 20 de octubre— y fue publicada en la Gaceta Oficial N°29894-A de ese mismo día. El contrato que aprobó otorgaba a Minera Panamá, S.A. la concesión para la explotación minera en un área de la provincia de Colón, con cláusulas que, según los demandantes y el Procurador, incluían un ingreso mínimo garantizado no inmutable al Estado, mecanismos de terminación del contrato por incumplimiento del Estado, el reconocimiento de un estudio de impacto ambiental de 2011 sin exigir uno actualizado, y la condonación de obligaciones tributarias correspondientes a los ejercicios fiscales 2021 y 2022.

Ante la constatación de que el Pleno ya se había pronunciado sobre la constitucionalidad de esa ley, el Tribunal aplicó el artículo 206 de la Constitución Política, que establece el carácter final, definitivo y obligatorio de sus fallos, y declaró la cosa juzgada constitucional sin proceder a un nuevo análisis de fondo. La resolución del 21 de diciembre fue suscrita por unanimidad por los nueve magistrados del Pleno. El expediente 116463-2023 adquirió fuerza ejecutoria el 30 de enero de 2024. La decisión confirma que el conjunto de demandas de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley 406 —varias de las cuales siguieron ingresando al tribunal incluso después del fallo del 27 de noviembre— quedó resuelto, en todos los casos, por la fuerza expansiva de esa primera declaratoria de inconstitucionalidad.

Fuentes
  • Corte Suprema de Justicia (Pleno) — Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 406 de 2023 (contrato de concesión minera), ponente Ángela Russo de Cedeño, 21 de diciembre de 2023

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