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Cincuenta años de reforma: la historia del Código de Trabajo de Panamá

Desde su origen en 1971 hasta las leyes de la pandemia, el Código de Trabajo panameño ha sido reescrito capa a capa sin que nadie lo derogara en su totalidad.

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Por Mesa de Análisis Económico · Análisis · 12 de mayo de 2026

El 30 de diciembre de 1971, el gobierno panameño expidió el Decreto de Gabinete 252, publicado en la Gaceta Oficial 17040 y vigente desde el 2 de abril de 1972. Con ese instrumento nació el Código de Trabajo que rige hasta hoy. El decreto derogó la Ley 67 del 11 de noviembre de 1947 —el primer código laboral del país— y el Decreto de Gabinete 191 de 1971, que regulaba los despidos. El texto se organizó en cinco libros: relaciones individuales de trabajo, riesgos profesionales, relaciones colectivas, derecho procesal laboral y disposiciones de aplicación. Fue, en su momento, una codificación moderna que consolidó décadas de legislación dispersa.

Los primeros ajustes llegaron con rapidez. La Ley 55 de 1976 y la Ley 95 de ese mismo año modificaron y adicionaron disposiciones del código, respondiendo a tensiones que la práctica laboral había revelado en los primeros años de vigencia. En 1980, la Ley 22 introdujo nuevas modificaciones. Al año siguiente, la Ley 3 de 1981 restableció artículos que habían sido suspendidos, y la Ley 8 de 1981 fue más lejos: derogó la Ley 95 de 1976 y modificó directamente el código. Este ciclo de ajustes parciales reflejaba la dificultad de aplicar un cuerpo normativo ambicioso en una economía en transformación. La Corte Suprema de Justicia también intervino en este período temprano: en 1973 ya había declarado inconstitucional alguna disposición del decreto original, inaugurando una línea de control constitucional que se mantendría durante décadas.

La reforma más profunda del siglo veinte llegó con la Ley 44 del 12 de agosto de 1995, publicada en la Gaceta Oficial 22847. Esa ley modernizó las relaciones laborales de forma estructural: derogó, modificó y adicionó numerosos artículos, y sustituyó instituciones enteras, entre ellas las Juntas de Conciliación y Decisión creadas por la Ley 7 de 1975. La Ley 44 buscó equilibrar la flexibilidad que reclamaban los empleadores con las garantías que defendían los sindicatos, en un contexto de apertura económica. Sin embargo, la Corte Suprema continuó su labor de depuración: a los fallos de 1973 se sumaron pronunciamientos en 1993, 1994, 1997, 1999, 2002 y, el más reciente, el fallo del 24 de agosto de 2007, que declaró inconstitucionales disposiciones tanto del Decreto de Gabinete 252 original como de la propia Ley 44 de 1995.

El episodio más turbulento de las últimas décadas ocurrió en 2010. La Ley 30 del 16 de junio de ese año, un texto ómnibus que abarcaba varias materias, modificó el Código de Trabajo en tres frentes sensibles: las cuotas sindicales, los efectos jurídicos de la huelga y la composición del Consejo de Trabajadores. Las modificaciones desataron protestas que alcanzaron especial intensidad en la provincia de Bocas del Toro. La respuesta legislativa fue vertiginosa: la Ley 39 del 16 de agosto de 2010 suspendió los artículos conflictivos y restableció las disposiciones originales por un período de noventa días. Consumido ese plazo, la Ley 68 del 26 de octubre de 2010 sustituyó las disposiciones laborales de la Ley 30 con un texto reformado, cerrando formalmente la crisis normativa aunque el debate social continuó.

La pandemia de covid-19 impuso una nueva oleada de reformas en 2020. La Ley 126 incorporó el teletrabajo al ordenamiento laboral; la Ley 135 reforzó las garantías de lactancia materna en el empleo; y la Ley 157 estableció mecanismos de protección del empleo ante la emergencia sanitaria. En 2021, la Ley 237 adicionó disposiciones complementarias, y en 2022, la Ley 291 introdujo ajustes adicionales. Paralelamente, el Ministerio de Trabajo expidió varios decretos ejecutivos que reglamentaron artículos específicos del código en materias como el trabajo marítimo, los regímenes de subcontratación y la migración laboral.

Más de cincuenta años después de su promulgación, el Decreto de Gabinete 252 de 1971 sigue siendo el cuerpo normativo de referencia para las relaciones laborales en Panamá. Nunca ha sido derogado en su totalidad. Pero el texto que hoy se aplica es, en buena medida, el resultado de capas sucesivas de reforma: artículos modificados por la Ley 44 de 1995, disposiciones depuradas por la Corte Suprema en varios fallos, ajustes urgentes como los de 2010 y adiciones recientes como las de la pandemia. El Código de Trabajo panameño no es ya el que se publicó en la Gaceta Oficial 17040; es una construcción jurídica colectiva que cincuenta años de legislación, jurisprudencia y negociación han ido labrando sobre aquel texto original.

Fuentes
  • Decreto de Gabinete 252 de 1971 — Código de Trabajo de la República de Panamá
  • Ley 44 de 1995 — Modernización de las relaciones laborales
  • Ley 30 de 2010 — Reformas laborales y otras disposiciones

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